Visto: la necesidad y conveniencia de crear un ámbito de máxima
comunicación entre el Ministerio de Industria, Energía y Minería de los
representantes del sector industrial, energético y minero.
Considerando: que al efecto sería de suma utilidad el funcionamiento
de grupos de trabajo que se integren con autoridades del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y representantes de los sectores privados a
fin de considerar y evaluar la temática que integra la competencia de esta
Secretaría de Estado y formular las propuestas que se estimen
convenientes.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Artículo 1
Créanse Comités Técnicos para la consideración y evaluación permanente
de la situación industrial, energética y minera.