Visto: la necesidad y conveniencia de crear un ámbito de máxima
comunicación entre el Ministerio de Industria, Energía y Minería de los
representantes del sector industrial, energético y minero.
Considerando: que al efecto sería de suma utilidad el funcionamiento
de grupos de trabajo que se integren con autoridades del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y representantes de los sectores privados a
fin de considerar y evaluar la temática que integra la competencia de esta
Secretaría de Estado y formular las propuestas que se estimen
convenientes.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República,
DECRETA:
Los Comités serán presididos por el Director Nacional o Director Técnico
a cargo de la temática en consideración y se integrarán con los
representantes de los sectores privados.
El señor Subsecretario del Ministerio de Industria, Energía y Minería,
actuará como Coordinador General, elevando al Sr. Ministro, las
iniciativas e informes que se produzcan.