Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el proyecto de tarifas de la Administración Nacional de Usinas
y Trasmisiones Eléctricas a regir a partir del 1º de abril de 1985.
Visto: el proyecto de tasas denominadas "B" aplicadas por la citada Administración por concepto de gestiones diversas de trámite de servicios
eléctricos.
Considerando: que de los asesoramientos recabados surge que procede aprobar dichos cuadros de tarifas y tasas.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria y Energía y por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo
de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que se
detallan a continuación y que regirán a partir del 1º de abril de 1985,
así como las tasas "B" que tendrán vigencia a partir del día siguiente de
la fecha del decreto del poder Ejecutivo que homologue los aumentos. (*)