PROYECTO SINARE. REGIMEN DE "EMPRESA EN EL DIA". REQUISITOS




Promulgación: 24/05/2010
Publicación: 28/05/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 980
VISTO: I) La necesidad de contar con nuevos mecanismos de apoyo y
promoción al sector privado que colaboren con la formalización de empresas
y la mejora del clima para emprender en el Uruguay;

II) Que los plazos de tramitación y la simplicidad de los trámites de
apertura de empresas constituyen dos de los principales indicadores para
medir el nivel de competitividad del país;

RESULTANDO: I) Que en el marco del proceso de reforma del Estado, el
Gobierno se ha abocado a la creación de un Registro Unico que contenga la
información completa de las empresas constituidas en el Uruguay y el
desarrollo de procedimientos de simplificación de los trámites
correspondientes;

II) Que de acuerdo a lo previsto en el Programa Conjunto 2007-2010
"Construyendo Capacidades para el Desarrollo" con el sistema de las
Naciones Unidas en Uruguay, el Poder Ejecutivo ha definido como eje
estratégico el fortalecimiento de las Instituciones del Estado y la
promoción de la participación ciudadana dentro de los cuales se encuentra
el Proyecto H "Apoyo a los procesos de modernización de la gestión pública
en el marco de la democratización del estado y la promoción de los
derechos de los ciudadanos" y en particular la línea de acción 1.1.4
ejecutada por el Proyecto Sinare (Sistema Nacional de Registro de
Empresas);

III) Que a efectos de favorecer la ejecución del Proyecto Sinare se
suscribió un Convenio Interinstitucional entre el Ministerio de Economía y
Finanzas (M.E.F.), Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (M.T.S.S.),
Oficina de Planeamiento y Presupuesto (O.P.P.), Dirección General
Impositiva (D.G.I.), Banco de Previsión Social (B.P.S.), Banco de Seguros
del Estado (B.S.E.), Administración Nacional de Telecomunicaciones
(A.N.TEL); Auditoría Interna de la Nación (A.I.N.); Dirección Nacional de
Impresiones y Publicaciones Oficiales (I.M.P.O.), Dirección General de
Registros (D.G.R.); Instituto Nacional de Estadística (I.N.E.); Agencia
para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la
Información y del Conocimiento (A.G.E.S.I.C.); Corporación Nacional para
el Desarrollo (C.N.D.); Intendencia Municipal de Florida; y la Intendencia
Municipal de Maldonado;

IV) Que conforme lo dispuesto por el decreto 55/010 de 9 de febrero de
2010, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a través de las líneas de
acción del Proyecto Sinare debe promover la instalación de centros de
atención de "Empresa en el Día" en Montevideo y en el interior del país;

CONSIDERANDO: I) Que el crecimiento económico de un país reposa en buena
medida en la seguridad de la actividad empresarial y de las transacciones
comerciales realizadas a través de empresas, por lo que es fundamental
dotar de mayor dinamismo a los trámites relacionados a su ciclo de vida;

II) Que es conveniente en consecuencia organizar una nueva estructura que
simplifique el trámite de apertura de empresas, mediante la creación de un
espacio que permita la desburocratización de varios de los trámites
administrativos asociados con el mismo, y que los mismos puedan cumplirse,
en forma virtual a través del Portal de la Empresa, y presencial en un
solo lugar, lo que permitirá que en el plazo máximo de un día hábil, una
empresa resulte inscripta y publicada en BPS, DGI, DGR, AIN e IMPO, con lo
que se reducen significativamente los tiempos actuales de tramitación y
los costos directos e indirectos asociados, fomentando de esta manera el
crecimiento del sector privado, la formalización de unidades económico
productivas y la mejora de la imagen-país a nivel internacional en esta
materia;

III) Que a efectos de que los trámites de constitución regular de
Sociedades Anónimas por el régimen "Empresa en el Día" cumplan con los
fines dispuestos, es necesario agilizar el trámite de contralor de
legalidad y suscripciones de capital y de publicación de los extractos de
estatutos previstos por la Ley 16.060;

ATENTO a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los artículos
168 numeral 4° y 230 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     ACTUANDO EN CONSEJO DE MINISTROS

                                 DECRETA:


I.- Régimen especial y ámbito de aplicación

Artículo 1

 (Régimen especial) - Créase en la órbita de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto un régimen especial para la constitución de empresas
unipersonales y personas jurídicas en general denominado "Empresa en el
Día", con la reglamentación que se dirá y aquella que oportunamente se
dicte.

JOSE MUJICA - JORGE VAZQUEZ - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - LUIS ROSADILLA - RICARDO EHRLICH - ENRIQUE PINTADO - EDGARDO ORTUÑO - EDUARDO
BRENTA - JORGE VENEGAS - TABARE AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - GRACIELA MUSLERA - ANA MARIA VIGNOLI
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