REGLAMENTACION DEL ART. 686 DE LA LEY N° 20.446, RELATIVO AL OTORGAMIENTO DE BENEFICIOS PARA EMPRESAS NACIONALES O EXTRANJERAS QUE DESARROLLEN PROYECTOS AUDIOVISUALES EN URUGUAY, PROMOVIENDO LA PRODUCCION NACIONAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.446 de 16/12/2025 artículo 686.
Artículo 4
Postulación.- Las empresas que deseen solicitar el crédito fiscal, deberán presentarse ante la Agencia del Cine y el Audiovisual del Uruguay, la cual conjuntamente con la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones, establecerá la forma de acreditar los requisitos de postulación que las empresas, las obras y los proyectos audiovisuales deberán cumplir, así como las condiciones y plazos en los que deberán rendirse los gastos elegibles.