APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANCAP. EJERCICIO 2011




Promulgación: 05/05/2011
Publicación: 16/05/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 855
Referencias a toda la norma
VISTO: el proyecto de Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y
de Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Pórtland correspondiente al ejercicio 2011.

CONSIDERANDO: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su
informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen:

ATENTO: a lo establecido en el Artículo N° 221 de la Constitución de la
República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Pórtland correspondiente al Ejercicio 2011, a regir desde el 1° de enero
de 2011, de acuerdo con el siguiente detalle:

Ingresos operativos                                  57.843.162.732
Egresos operativos           60.251.593.787
Egresos por inversiones       4.146.850.000
Total Egresos                                        64.398.443.787
DÉFICIT PRESUPUESTAL                                 (6.555.281.055)
FINANCIAMIENTO                                        6.555.281.055
De Terceros.                  6.597.302.012
Fondos Propios.                 (42.020.957)

   La apertura según concepto, así como los niveles de precios a los
cuales se expresan las citadas partidas son los siguientes:
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los cuadros adjuntos que forman parte integrante de este Decreto.
La totalidad de los conceptos se expresan a precios del período enero -
junio de 2010.

PROGRAMA 1.10 ENERGÍA - COMBUSTIBLES
1.- RECURSOS.                                          62.133.264.028
a)  Ingresos Propios                                   55.535.962.016
1   Ventas Netas                        41.979.341.953
2   Otros Ingresos del Giro                  4.260.000
3   Imesi e Iva.                        12.683.022.063
4   Otros Ingresos Ajenos al Giro          869.338.000
b)  Financiamiento Externo.-                           6.597.302.012

2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO DENOMINACIÓN                                   $          $
1.10  S/Programa Energía - (Der. + Lub)               50.733.343.071
1.100 Servicios Personales                               876.431.917
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                           392.696.794
      11 - Sueldo Básico                   389.708.777
      13 - Res. 470/5/92                     2.988.017
2     Retribuciones Básicas de Pers.
      Contratado                            18.510.992
      21 - Changas                           6.848.413
      22 - Destajistas
      23 - Adelantos a Cuenta
      24 - Otros Contratados                11.303.606
      25 - Res. 470/5/92                       358.973
4,5,6 Otras Compensaciones                 199.948.459
4     03 - Productividad                     1.959.115
4     04 - Antigüedad                        8.817.341
4     08 - Quebrantos de Caja                  710.765
5     07 - Pasantías y Becarios              5.833.300
5     08 - Varios                           94.498.762
6     07 - Viático Comida                   33.528.728
6     09 - Compensación Producto             4.995.914
6     03 - Serv. a las Pers. en Act.        25.827.539
6     04 - Servicio Médico                  23.776.995
9     Otras Retribuciones                   16.275.458
GRUPO DENOMINACIÓN                             $                $
     09 - Pers. Cont. a Térm.               16.275.458
7    Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.      8.655.765
     01 - Primas por Nacimiento y Maternidad   209.587
     02 - Hogar Constituído                  7.798.785
     04 - Asignación Familiar                  647.393
     09/1 - Otros c/Retardo Mental                   0
     09/2 - Serv. A las Pers. Por Guardería          0
8    Cargas Legales                         99.118.403
     01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y
     Paraest.                               66.089.686
     02 - Cargas Legales Pers. Cont. a Térm  5.147.114
     04 - Aporte Patronal Fonasa            27.881.603
9    09 - Otras Retribuciones
     Reestructura                          141.226.046
1.101 Bienes de Consumo.                                 28.883.729.460
      - Compra de Crudo                 24.431.025.208
      - Importación de Derivados         3.794.314.020
      - Varios                             658.390.232
1.102     Servicios No Personales                         9.520.816.362
1.103     Bienes de Uso                                     110.915.401
1.105     Transferencias                                  9.073.073.601
     1 - Transf. A Cont. Gen. De la Nación           0
     1 - Subsidios Organismos Públicos               0
     2 - Subsidios Organismos Privados               0
2    6 - Trib. Munic. y Nacionales       9.073.073.601
1.104     Activos Financieros                                         0
1.106     Int. y Otros Gtos de Deuda                        522.742.888
1.108     Servicio de Deuda y Anticipos                     590.169.606
1.107     Gastos no clasificados                          1.155.463.837

PROGRAMA 1.11 ENERGÍA - GAS NATURAL
1.- RECURSOS.                                               793.163.585
a)    Ingresos Propios                                      793.163.585
1     Ventas Netas                         708.583.391
2     Iva                                   84.580.194
b)    Financiamiento Externo                                          0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO DENOMINACIÓN                             $              $
1.11  S/Programa Energía - Gas Natural.-                    992.305.286
GRUPO DENOMINACIÓN                             $              $
1.110 Servicios Personales                                   11.280.696
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                             5.890.442
      11 - Sueldo Básico                     5.847.654
      13 - Res. 470/5/92                        42.788
2     Retribuciones Básicas de Pers. Contratado      0
      21 - Changas                                   0
      22 - Destajistas                               0
      23 - Adelantos a Cuenta                        0
      24 - Otros Contratados                         0
      25 - Res. 470/5/92                             0
4,5,6 Otras Compensaciones                   3.883.203
4     03 - Productividad                     1.166.658
4     04 - Antigüedad                          225.536
4     08 - Quebrantos de Caja                        0
5     07 - Pasantías y Becarios                      0
5     08 - Varios                            1.030.245
6     07 - Viático Comida                      790.341
6     09 - Compensación Producto                35.998
6     03 - Serv. a las Pers. en Act.           211.668
6     04 - Servicio Médico                     422.757
9     Otras Retribuciones                            0
      09 - Pers. Cont. a Térm.                       0
7     Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.        90.472
      01 - Primas por Nacimiento y Maternidad        0
      02 - Hogar Constituído                    71.345
      04 - Asignación Familiar                  19.127
      09/1 - Otros c/Retardo Mental                  0
      09/2 - Serv. A las Pers. Por Guardería         0
8     Cargas Legales                         1.416.579
      01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y Paraest.  959.618
      02 - Cargas Legales Pers. Cont. a Térm         0
      04 - Aporte Patronal Fonasa              456.961
9     09 - Otras Retribuciones Reestructura          0
1.111     Bienes de Consumo.                            478.427.733
1.112     Servicios No Personales                       305.434.224
1.113     Bienes de Uso                                     375.020
1.115     Transferencias                                173.260.504
GRUPO DENOMINACIÓN                              $             $
      1 - Transf.. A Cont. Gen. De la Nación         0
      1 - Subsidios Organismos Públicos              0
      2 - Subsidios Organismos Privados              0
2     6 - Trib. Munic. y Nacionales        173.260.504
1.114     Activos Financieros                                     0
1.116     Int. y Otros Gtos de Deuda                              0
1.118     Servicio de Deuda y Anticipos                           0
1.117     Gastos no clasificados                         23.527.109

PROGRAMA 1.12 ENERGÍA - SERVICIOS COMUNES A LA EMPRESA.
1.- RECURSOS.                                           266.073.235
a)    Ingresos Propios.                                 266.073.235
1     De Terceros                          130.989.444
2     Transferencias Interdivisionales     135.083.791
b)    Financiamiento Externo                                      0

2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO DENOMINACIÓN                              $              $
1.12  Programa Energía - Servicios Comunes
      a la Empresa.-                                  6.413.688.079
1.120 Servicios Personales                              808.686.862
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                           275.396.808
      11 - Sueldo Básico                   271.840.735
      13 - Res. 470/5/92                     3.556.073
2     Retribuciones Básicas de Pers.
      Contratado                            10.879.014
      21 - Changas                             444.808
      22 - Destajistas                               0
      23 - Adelantos a Cuenta                        0
      24 - Otros Contratados                10.233.426
      25 - Res. 470/5/92                       200.780
4,5,6 Otras Compensaciones                 390.186.604
4     03 - Productividad                    64.341.982
4     04 - Antigüedad                       18.878.287
4     08 - Quebrantos de Caja                1.747.360
5     07 - Pasantías y Becarios              5.243.195
5     08 - Varios                           68.970.301
6     07 - Viático Comida                   70.650.632
6     09 - Compensación Producto             5.165.337
GRUPO DENOMINACIÓN                               $            $
6     03 - Serv. a las Pers. en Act.        46.858.087
6     04 - Servicio Médico                 108.331.423
9     Otras Retribuciones                    8.137.729
      09 - Pers. Cont. a Térm.               8.137.729
7     Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.    37.768.472
      01 - Primas por Nacimiento y Maternidad  202.117
      02 - Hogar Constituído                 6.723.697
      04 - Asignación Familiar               3.097.274
      09/1 - Otros c/Retardo Mental         11.135.464
      09/2 - Serv. A las Pers. Por
      Guardería                             16.609.920
8     Cargas Legales                        86.318.235
      01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y
      Paraest.                              57.964.950
      02 - Cargas Legales Pers. Cont. a
      Térm                                   2.573.557
      04 - Aporte Patronal Fonasa           25.779.728
9     09 - Otras Retribuciones Reestructura          0
1.121     Bienes de Consumo.                            106.815.109
1.122     Servicios No Personales                       705.072.505
1.123     Bienes de Uso                                   7.898.000
1.125     Transferencias                              4.519.597.036
      1 - Transf. A Cont. Gen. De la Nación          0
      1 - Subsidios Organismos Públicos      8.120.000
      2 - Subsidios Organismos Privados      4.628.800
2     6 - Trib. Munic. y Nacionales      4.506.848.236
1.124     Activos Financieros                           241.025.000
1.126     Int. y Otros Gtos de Deuda                              0
1.128     Servicio de Deuda y Anticipos                           0
1.127     Gastos no clasificados                         24.593.568

PROGRAMA 1.13 ENERGÍA - FACTOR HUMANO A REAPLICAR.-
1.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
1.13     S/Programa Energía - Factor Humano a
         Reaplicar.-                                     97.457.115
GRUPO DENOMINACIÓN                             $              $
1.130    Servicios Personales                            97.457.115
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                             30.607.935
      11 - Sueldo Básico                     29.609.920
      13 - Res. 470/5/92                        998.015

GRUPO DENOMINACIÓN                             $              $
2     Retribuciones Básicas de Pers.
      Contratado                                165.963
      21 - Changas                               30.302
      22 - Destajistas                                0
      23 - Adelantos a Cuenta                         0
      24 - Otros Contratados                    132.757
      25 - Res. 470/5/92                          2.904
4,5,6 Otras Compensaciones                   44.977.096
      03 - Productividad                      4.663.176
4     04 - Antigüedad                         3.263.076
4     08 - Quebrantos de Caja                   130.211
5     07 - Pasantías y Becarios                       0
5     08 - Varios                            16.237.237
6     07 - Viático Comida                    18.838.001
6     09 - Compensación Producto              1.072.434
6     03 - Serv. a las Pers. en Act.            244.515
6     04 - Servicio Médico                      528.446
9     Otras Retribuciones                             0
      09 - Pers. Cont. a Térm.                        0
7     Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.      3.368.405
      01 - Primas por Nacimiento y Maternidad    98.077
      02 - Hogar Constituído                  2.012.464
      04 - Asignación Familiar                1.257.864
      09/1 - Otros c/Retardo Mental                   0
      09/2 - Serv. A las Pers. Por Guardería          0
8     Cargas Legales                         18.337.716
     01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y Paraest. 14.595.325
     02 - Cargas Legales Pers. Cont. a Térm           0
     04 - Aporte Patronal Fonasa              3.742.391

PROGRAMA 1.3 - PORTLAND.-
1.- RECURSOS.                                            1.247.963.896
a)    Ingresos Propios                                   1.247.963.896
1     Ventas Netas                        1.025.682.521
2     Transferencias Interdivisionales        4.315.284
3     Iva y Cofis                           217.966.091
b)    Financiamiento Externo                             0
2.- PRESUPUESTO OPERATIVO.-
GRUPO DENOMINACIÓN                              $              $
1.30  Programa Portland                                  2.014.800.234
1.300 Servicios Personales                                 213.157.374
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                             84.422.393
      11 - Sueldo Básico                     83.112.998
      13 - Res. 470/5/92                      1.309.395
2     Retribuciones Básicas de Pers.
      Contratado                              1.233.486
      21 - Changas                               58.625
      22 - Destajistas                                0
      23 - Adelantos a Cuenta                         0
      24 - Otros Contratados                  1.167.215
      25 - Res. 470/5/92                          7.646
4,5,6 Otras Compensaciones                   95.212.770
      03 - Productividad                     18.078.333
4     04 - Antigüedad                         5.590.914
4     08 - Quebrantos de Caja                   415.387
5     07 - Pasantías y Becarios               7.447.579
5     08 - Varios                            30.503.781
6     07 - Viático Comida                    20.092.579
6     09 - Compensación Producto              1.362.009
6     03 - Serv. a las Pers. en Act.          9.698.018
6     04 - Servicio Médico                    2.024.170
9     Otras Retribuciones                             0
      09 - Pers. Cont. a Térm.                        0
7     Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.      4.637.948
      01 - Primas por Nacimiento y Maternidad    75.719
      02 - Hogar Constituído                  3.344.389
      04 - Asignación Familiar                1.217.840
      09/1 - Otros c/Retardo Mental                   0
      09/2 - Serv. A las Pers. Por Guardería          0
8     Cargas Legales                         27.650.777
      01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y
      Paraest.                               19.586.602
      02 - Cargas Legales Pers. Cont. a Térm          0
      04 - Aporte Patronal Fonasa             8.064.175
1.301     Bienes de Consumo.                              689.160.004
1.302     Servicios No Personales                         609.749.856
1.303     Bienes de Uso                                    88.080.708
1.305     Transferencias                                  373.042.575
GRUPO DENOMINACIÓN                                $           $
      1 - Transf. A Cont. Gen. De la Nación           0
      1 - Subsidios Organismos Públicos               0
      2 - Subsidios Organismos Privados               0
2     6 - Trib. Munic. y Nacionales         373.042.575
1.304     Activos Financieros                              0
1.306     Int. y Otros Gtos de Deuda                       0
1.308     Servicio de Deuda y Anticipos                    0
1.307     Gastos no clasificados                           41.609.717

Artículo 2

 Apruébase el Plan de Inversiones de la Administración Nacional de
Combustibles, Alcohol y Pórtland, por un monto de $ 4.146.850.000 (pesos
uruguayos cuatro mil ciento cuarenta y seis millones ochocientos cincuenta
mil). El detalle a nivel de grupos es el que se detalla a continuación:

GRUPO     DENOMINACIÓN            PESOS
0     Servicios Personales.        6.046.000
2     Servicios no Personales.     3.940.000
3     Bienes de Uso.           4.110.742.000
4     Activos Financieros.        26.122.000
      TOTAL                    4.146.850.000

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el Decreto N°
84/84 del 1° de marzo de 1984 y modificativos, excepto en lo concerniente
a trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa,
entre Grupos de un mismo proyecto, así como las modificaciones entre el
componente nacional e importado para lo que sólo se requerirá la
autorización del jerarca del Organismo, dando cuenta dentro de los 10 días
siguientes a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y al Tribunal de
Cuentas.
La partida máxima que se podrá ejecutar por concepto de inversiones será
la equivalente en términos presupuestales a la que se apruebe en el
Programa Financiero correspondiente al ejercicio 2011.
La apertura por proyectos y las partidas en moneda extranjera se detallan
en los Anexos 1, 2 y 3 (*) adjuntos que forman parte integrante de este
Decreto.

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en 
el Diario Oficial correspondiente.
Referencias al artículo

Artículo 3

 De acuerdo al nivel de Ingresos proyectado y las Asignaciones
Presupuestales del Plan Operativo y de Inversiones 2011 en Ancap, el mismo
presenta un resultado deficitario de $ 6.555:281.055 (seis mil quinientos
cincuenta y cinco millones doscientos ochenta y un mil cincuenta y cinco)
que se financia con endeudamiento externo por $ 6.597:302.012 (seis mil
quinientos noventa y siete millones trescientos dos mil doce) y un aumento
de Fondos Propios por $ 42:020.957 (cuarenta y dos millones veinte mil
novecientos cincuenta y siete).

Artículo 4

 Apruébase las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto de
Compras, Operativo, de Operaciones Financieras y de inversiones de la
Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Pórtland correspondiente
al ejercicio 2011, de acuerdo con el siguiente detalle:

I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - ENERGÍA - (Operativo e
 Inversiones).-                                           61.635.043.552
GRUPO DENOMINACIÓN                              $                $
0     Retribuciones Servicios Personales                   1.799.903.085
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                             708.686.623
      11 - Sueldo Básico                     701.090.322
      13 - Res. 470/5/92                       7.596.301
2     Retribuciones Básicas de Pers.
      Contratado                              29.555.969
      21 - Changas                             7.323.523
      22 - Destajistas                                 0
      23 - Adelantos a Cuenta                          0
      24 - Otros Contratados                  21.669.789
      25 - Res. 470/5/92                         562.657
4,5,6 Otras Compensaciones                   640.113.994
4     03 - Productividad                      72.130.931
4     04 - Antigüedad                         31.235.753
4     08 - Quebrantos de Caja                  2.588.336
5     07 - Pasantías y Becarios               11.076.495
5     08 - Varios                            181.505.621
6     07 - Viático Comida                    124.087.422
6     09 - Compensación Producto              11.288.006
6     03 - Serv. A las Pers. en Act.          73.141.809
6     04 - Servicio Médico                   133.059.621
9     Otras Retribuciones                     24.413.187
      09 - Pers. Cont. a Térm.                24.413.187
GRUPO DENOMINACIÓN                                $               $
7     Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.      49.908.275
      01 - Primas por Nacimiento y Maternidad    509.781
      02 - Hogar Constituído                  16.631.452
      04 - Asignación Familiar                 5.021.658
      09/1 - Otros c/Retardo Mental           11.135.464
      09/2 - Serv. A las Pers. Por Guardería  16.609.920
8     Cargas Legales                         205.998.991
      01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y Paraest.140.417.637
      02 - Cargas Legales Pers. Cont. a Térm   7.720.671
      04 - Aporte Patronal Fonasa             57.860.683
9     09 - Otras Retribuciones Reestructura  141.226.046
1     Bienes de Consumo.                                 29.468.972.302
      1 Alimentos y Productos
      Agopecuarios, etc.                      17.646.072
      2 Productos Textiles, Prendas de
      Vestir, etc.                             8.338.120
      3 Productos de Papel, Libros e Impresos.12.361.883
      4 Productos Energéticos.             3.862.425.948
      5 Productos Químicos y Conexos.        456.051.497
      6 Productos Minerales.              24.914.341.340
      7 Productos Metálicos.                 100.677.142
      9 Otros Bienes de Consumo.              97.130.300
2     Servicios No Personales                            24.317.133.019
      1 Servicios Básicos.                   248.969.528
      2 Publicidad, Impresos y
      Encuadernaciones.                       96.339.109
      3 Pasajes, Viáticos, etc.               83.213.912
      4 Transporte de Carga, etc.          1.684.316.748
      5 Arrendamientos.                       23.889.640
      6 Tributos, Seguros y Comisiones.    7.307.200.307
      Tributos Municipales y Nacionales.  13.753.182.340
      01/1 Iva Inversiones                   740.537.964
      01/3 IVA deducible                     557.854.089
      01/4 IVA no deducible                  311.225.465
      01/5 Diferencia Iva Deducible        4.130.047.860
      01/8 IMESI.                          7.209.916.975
      01/12 Otros Canon de Producción.         1.182.000
      02/1 IRAE.                             453.100.000
      02/2 Impuesto al Patrimonio.                     0
      03 Contribución Inmobiliaria,
      Tributos Munic., etc.                   86.390.154
      03/4 Tasa de Inflamables.              262.927.833
      7 Ss Mantenimiento, Reparaciones
      Menores, etc.                          504.395.561
      8 Ss Técnicos, Profesionales y
      Artísticos.                            264.636.422
      9 Otros Servicios no Personales.       350.989.452
3     Bienes de Uso                                      3.452.642.137
      1 Maquinarias y Equipos de
      Producción.                          1.945.754.786
      2 Máquinas, Mobiliario y Equipos de
      Oficina.                               162.808.237
GRUPO DENOMINACIÓN                                $         $
     3 Equipamiento sanitario y científico.   13.041.219
     5 Equipos de transporte, tracción y
     elevación.                               63.663.977
     6 Motores y Repuestos Mayores.          119.327.069
     7 Tierras, Edificios, etc.                6.138.537
     8 Construcciones, Mejoras, etc.       1.037.307.591
     9 Otros Bienes de Uso.                  104.600.721
5    Transferencias                                         12.748.800
     1 - Transf. A Cont. Gen. De la Nación             0
     1 - Subsidios Organismos Públicos         8.120.000
     2 - Subsidios Organismos Privados         4.628.800
     9 /01 Contribución a Rentas Generales.            0
4    Activos Financieros                                   267.147.200
     01 Compra de acciones y participac.
     de capital.                             267.147.200
     02 Préstamos a Plazo.                             0
6    Int. y Otros Gtos de Deuda                            522.742.888
     02 Intereses Deuda Interna.                       0
     04 Intereses de Deuda Externa.          522.742.888
8    Servicio de Deuda y Anticipos                         590.169.606
     02 Amortización Deuda Interna.                    0
     04 Amortización Deuda Interna.          590.169.606
7    Gastos no clasificados                              1.203.584.514
     4 Partidas a Reaplicar.                1.203.584.514

I.- PRESUPUESTO DE COMPRAS - PORTLAND -
    (Operativo e Inversiones).-                          2.763.400.234
GRUPO DENOMINACIÓN                               $             $
0     Retribuciones Servicios Personales                   213.157.374
1     Retribuciones Básicas de Personal
      Permanente                              84.422.393
      11 - Sueldo Básico                      83.112.998
      13 - Res. 470/5/92                       1.309.395
2     Retribuciones Básicas de Pers.
      Contratado                               1.233.486
      21 - Changas                                58.625
      22 - Destajistas                                 0
      23 - Adelantos a Cuenta                          0
      24 - Otros Contratados                   1.167.215
      25 - Res. 470/5/92                           7.646
4, 5, 6     Otras Compensaciones              95.212.770
4     03 - Productividad                      18.078.333
4     04 - Antigüedad                          5.590.914
4     08 - Quebrantos de Caja                    415.387
5     07 - Pasantías y Becarios                7.447.579
5     08 - Varios                             30.503.781
6     07 - Viático Comida                     20.092.579
6     09 - Compensación Producto               1.362.009
6     03 - Serv. A las Pers. en Act.           9.698.018
GRUPO DENOMINACIÓN                                $              $
6     04 - Servicio Médico                     2.024.170
9     Otras Retribuciones                              0
      09 - Pers. Cont. a Térm.                         0
7     Transf. Unid. Fam. P/Pers. en Act.       4.637.948
      01 - Primas por Nacimiento y Maternidad     75.719
      02 - Hogar Constituído                   3.344.389
      04 - Asignación Familiar                 1.217.840
      09/1 - Otros c/Retardo Mental                    0
      09/2 - Serv. A las Pers. Por Guardería           0
8     Cargas Legales                          27.650.777
      01 - Aport. Soc. a Org. Est. Y Paraest. 19.586.602
      02 - Cargas Legales Pers. Cont. a Térm           0
      04 - Aporte Patronal Fonasa              8.064.175
9     09 - Otras Retribuciones Reestructura            0
1     Bienes de Consumo.                                    689.160.004
      1 Alimentos y Productos Agropecuarios,
      etc.                                     6.127.600
      2 Productos Textiles, Prendas de
      Vestir, etc.                             1.000.000
      3 Productos de Papel, Libros e
      Impresos.                               60.519.281
      4 Productos Energéticos.               209.334.156
      5 Productos Químicos y Conexos.         12.966.653
      6 Productos Minerales.                 305.857.683
      7 Productos Metálicos.                  16.075.798
      9 Otros Bienes de Consumo.              77.278.833
2     Servicios No Personales                              982.792.431
      1 Servicios Básicos.                   105.437.878
      2 Publicidad, Impresos y
      Encuadernaciones.                        9.345.328
      3 Pasajes, Viáticos, etc.                9.065.747
      4 Transporte de Carga, etc.             79.941.829
      5 Arrendamientos.                       15.421.867
      6 Tributos, Seguros y Comisiones.       81.994.194
      Tributos Municipales y Nacionales.     373.042.575
      01/1 Iva Inversiones                   164.692.000
      01/3 IVA deducible                     182.519.461
      01/4 IVA no deducible                            0
      01/5 Diferencia Iva Deducible                    0
      01/8 IMESI.                                      0
      01/12 Otros Canon de Producción.        20.493.400
      02/1 IRAE.                                       0
      02/2 Impuesto al Patrimonio.                     0
      03 Contribución Inmobiliaria, Tributos
      Munic., etc.                             5.337.714
      03/4 Tasa de Inflamables.                        0
      7 Ss Mantenimiento, Reparaciones
      Menores, etc.                           44.587.949
      8 Ss Técnicos, Profesionales y
      Artísticos.                              8.847.260
      9 Otros Servicios no Personales.       255.107.804
GRUPO DENOMINACIÓN                               $              $
3     Bienes de Uso                                        832.630.959
      1 Maquinarias y Equipos de Producción. 704.971.917
      2 Máquinas, Mobiliario y Equipos de
      Oficina.                                   360.136
      3 Equipamiento sanitario y científico.   3.738.088
      5 Equipos de transporte, tracción y
      elevación.                              88.080.708
      6 Motores y Repuestos Mayores.          35.480.110
      7 Tierras, Edificios, etc.                       0
      8 Construcciones, Mejoras, etc.                  0
      9 Otros Bienes de Uso.                           0
5     Transferencias                                               0
      1 - Transf. A Cont. Gen. De la Nación            0
      1 - Subsidios Organismos Públicos                0
      2 - Subsidios Organismos Privados                0
      9 /01 Contribución a Rentas Generales.           0
4     Activos Financieros                                  4.049.749
      01 Compra de acciones y participac. de
      capital.                                 4.049.749
      02 Préstamos a Plazo.                            0
6     Int. y Otros Gtos de Deuda                                   0
      02 Intereses Deuda Interna.                      0
      04 Intereses de Deuda Externa.                   0
8     Servicio de Deuda y Anticipos                                0
      02 Amortización Deuda Interna.                   0
      04 Amortización Deuda Interna.                   0
7     Gastos no clasificados                              41.609.717
      4 Partidas a Reaplicar.                  41.609.717

Artículo 5

 El Presupuesto de Compras comprende las partidas aprobadas contra las
cuales se efectuará el control de disponibilidad y la intervención
preventiva de legalidad del gasto a nivel total de Energía y total de
Pórtland. Se presentará en forma global a nivel de toda la Empresa con una
apertura a nivel de renglón para los Grupos 0 "Retribuciones de Servicios
Personales" y a nivel de Grupo para los Grupos 1 "Bienes de Consumo", 2
"Servicios no Personales", 3 "Bienes de Uso", 4 "Activos Financieros", 5
"Transferencias", 6 "Intereses y otros Gastos de Deuda" y 8 "Servicio de
Deuda y Anticipos".
Será aprobado en moneda nacional, presentando un detalle de aquellos
montos que se estima se ejecutarán en moneda extranjera.

Artículo 6

 Las partidas previstas en el Grupo 0, incluyen la provisión de 465 cargos
vacantes. Asimismo incluye el costo global del ingreso de funcionarios en
cargos vacantes incorporados a las estructuras organizativas para mejora
de la gestión o reestructuraciones.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 27.

Artículo 7

 El pago del seguro de vida o una suma equivalente a $ 33.640 (treinta y
tres mil seiscientos cuarenta pesos uruguayos) a los ex funcionarios
jubilados fallecidos, se efectuará de acuerdo a lo dispuesto por
Resolución del Directorio No. 1003/12/05 y con cargo al Programa Energía -
Grupo 2 - Servicios No Personales.

Artículo 8

 No constituyen partidas limitativas, la Versión de Resultados (artículo
643 de la Ley N° 16.170), el Impuesto al Patrimonio y a la Renta a las
Actividades Económicas (Ley N° 18.083), la amortización de préstamos, ni
los intereses a devengar por los mismos ni las partidas para incentivo al
retiro o la compra de crudo y derivados. Las modificaciones efectuadas de
acuerdo a las necesidades se comunicarán al Tribunal de Cuentas y a la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 9

 El Grupo 0 "Retribuciones de Servicios Personales" incluye una partida
por Sistema de Remuneración Variable.

Artículo 10

 Sistema de Remuneración Variable (SRV): El monto que podrá ser
distribuido por SRV, deberá estar comprendido entre un mínimo de 4% y un
máximo de 12% de la masa salarial existente deducidos los beneficios
familiares y las cargas legales.
La implantación de este sistema se hará en forma gradual y se deberá
evolucionar cada año para llegar a cumplir con las siguientes pautas:
Indicadores Globales: Al menos uno de los indicadores que influirá en el
cálculo del SRV deberá estar relacionado con los resultados de la empresa
y su meta deberá ser coherente con el presupuesto aprobado.
Si existieses alguna variable externa de gran influencia en el resultado
de la empresa y que a través de la gestión es mínima o nula la capacidad
de influir sobre ella, para que no afecte dicho resultado, se podrá asumir
en su cálculo un valor estándar idéntico al presupuestado.
Indicadores sectoriales: Los indicadores deberán medir el desempeño físico
en términos de productividad a nivel del sector, asociados además con el
cuadro de mando de la empresa.
A efectos de implantar el sistema de remuneraciones variables en forma
gradual, para consolidarlo y comprometer su aceptación se establece que en
el primer año, estos indicadores sean comunes para todo el personal.
Indicadores individuales: Estos indicadores buscan alentar conductas por
parte de los trabajadores, incluyendo indicadores vinculados al
presentismo, debiéndose en todos los casos establecer pautas mínimas o
máximas a alcanzar.
Criterio de distribución del SRV: La distribución del SRV será en meses
distintos a aquellas donde se abone el aguinaldo y en momento diferente
del que se abone el sueldo.
La frecuencia de distribución no debe superar el número de dos veces al
año.
En la fase de diseño del sistema de remuneración variable, la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland y la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto acordarán el período y frecuencia en la
medición de indicadores a utilizar, así como otros conceptos que siguiendo
el criterio de gradualidad, se entienda conveniente implementar.
El Sistema de Remuneración Variable deberá estar aprobado por Resolución
de Directorio. Asimismo la verificación del cumplimiento de las metas e
indicadores también deberá ser aprobada por Resolución de Directorio.
La partida incluida en el objeto "Sistema de Remuneración Variable", sólo
podrá ejecutarse una vez que la empresa haya obtenido el informe favorable
de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del diseño del sistema de
remuneración variable y el mismo haya sido comunicado al Tribunal de
Cuentas.
La empresa deberá elevar el Sistema de Remuneración Variable a regir en el
ejercicio 2009, a consideración de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto y comunicarlo al Tribunal de Cuentas, con una anticipación
mínima de treinta días a la iniciación del período de medición de las
metas o indicadores.
Para los próximos ejercicios presupuestales el Sistema de Remuneración
Variable, las metas e indicadores deberán estar aprobados por Resolución
del Directorio antes del inicio del ejercicio en el cual han de regir.

Artículo 11

 El Directorio otorgará una prestación a los funcionarios públicos que
prestan servicios en ANCAP, sin excepciones, así como a todo el personal
del Organismo. Todos ellos son beneficiarios del Viático Comida y la
Compensación Producto. El viático de comida se regirá en cuanto a su monto
y reajuste a lo dispuesto por el Poder Ejecutivo. El monto individual
equivale a $ 5.053 (pesos uruguayos cinco mil cincuenta y tres) por mes a
nivel de precios de enero-junio 2010. La compensación producto corresponde
al equivalente del importe de una garrafa de supergás de 13 kilos. El
monto individual equivale a $ 348,25 (pesos trescientos cuarenta y ocho
con 25/100) por mes a nivel de precios enero -junio 2010, y se regirá en
cuanto a su reajuste a la evolución del precio de venta del supergás.
El Viático Comida y la Compensación Producto se abonarán en forma
proporcional a la extensión horaria de la jornada que habitualmente cumple
el beneficiario y se liquidarán en forma proporcional al tiempo trabajado,
a cuyos efectos se descontará 1/25 por cada día no trabajado. Estas
prestaciones no se liquidarán al funcionario en los días que el mismo
falte a sus tareas, haga uso de licencia extraordinaria sin goce de sueldo
o esté suspendido.
El Viático Comida y la Compensación Producto están afectados por el
descuento de montepío en su totalidad.

Artículo 12

 La realización del trabajo en horario extraordinario, en aquellas tareas
excepcionales que resulten imprescindibles para el normal funcionamiento
del servicio y que no puedan ser compensadas con horas y días libres de
descanso, será efectiva y excepcionalmente paga de acuerdo a la normativa
vigente, previa expresa resolución fundada del Directorio. Se deberá
cumplir con los extremos dispuestos en los artículos 3° y 4° del Decreto
N° 159/02 de 30 de abril de 2002.

Artículo 13

 Una vez aprobado por parte del Poder Ejecutivo el Presupuesto 2011, la
Administración presentará a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en un
plazo no mayor de sesenta días de dicha fecha, los estudios de
rentabilidad económica y social de todos aquellos proyectos que superen el
10% del monto global del Presupuesto Anual de Inversiones con un monto
mínimo de USD 500.000 (dólares estadounidenses quinientos mil).

Artículo 14

 Ninguna persona física que preste servicios personales a la
Administración cualquiera sea la naturaleza del vínculo y su financiación
podrá percibir ingresos salariales mensuales permanentes por todo
concepto, por el desempeño conjunto de sus actividades, superiores al 60%
de la retribución total sujeta a montepío, del Presidente de la República,
conforme a lo dispuesto en el artículo 21° de la Ley N° 17.556.

Artículo 15

 El Servicio Asistencial de ANCAP destinado a brindar asistencia médica y
odontológica a los funcionarios y ex - funcionarios jubilados del
organismo, de acuerdo con la normativa del Decreto No. 323/008 de 26/06/08
y no comprende al núcleo familiar.

Artículo 16

 Prohíbese disponer la contratación de personal de confianza en tareas de
asesoría, secretaría, etc., por un monto mensual por Director que supere
el equivalente a una vez y media la remuneración de un Ministro de Estado
no pudiendo adicionar ninguna otra retribución en efectivo o en especie a
dichos contratos, tales como horas extras, compensaciones, productividad,
participación en las utilidades o fondos de participación en utilidades o
fondos de participación, conforme a lo establecido en el artículo 23° de
la Ley N° 17.556 y Nota N° 015/C/03 de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.

Artículo 17

 De acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 7 de la Ley N° 17.930 de 19
de diciembre de 2005, la Empresa instalará una Comisión Paritaria a
efectos de dictaminar respecto de las personas alcanzadas por dicha norma.
A los efectos de su cumplimiento se permite la trasposición entre objetos
o Grupos de gastos y renglones con la finalidad de financiar dichas
contrataciones. La antigüedad, con la excepción de los cargos docentes, se
computará a partir de la fecha de los contratos respectivos. La Empresa
comunicará mensualmente a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto las
trasposiciones realizadas y las modificaciones a la Estructura de Cargos.

Artículo 18

 Los beneficios sociales que evolucionan con la Base de Prestaciones y
Contribuciones, Índice de Precios de Alimentación o Tarifas, están
expresados a valores promedio abril-junio 2010 y se ajustarán a la
evolución que registren dichos parámetros.

Artículo 19

 Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal del Grupo 0
"Retribuciones de Servicios Personales" para financiar la incorporación y
recomposición de carrera de aquellos funcionarios que fueron destituidos o
postergados en virtud de lo dispuesto en el Acto Institucional N° 7,
mediante actos contrarios a una regla de derecho o dictados con desviación
de poder, previa comunicación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y
al Tribunal de Cuentas.

Artículo 20

 En la medida que el Directorio de Ancap disponga que las tareas que hasta
la fecha están siendo desempeñadas por empresas suministradoras de
servicios o suministradoras de mano de obra o unipersonales, comiencen a
cumplirse con personal propio o contratado por Ancap mediante la modalidad
de contrato a término o contrato de función pública, se faculta al mismo a
disponer la trasposición entre el Grupo 2 - Servicios no personales y el
Grupo 0 "Servicios Personales", retribuciones personales, cargas legales y
otras transferencias, requeridas para contemplar el cambio aprobado en la
operativa. En todos los casos se requerirá informe favorable de la
Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la trasposición no implicará
modificación alguna en el monto del Presupuesto Operativo.

Artículo 21

 La Prima por Antigüedad se liquidará en el equivalente al 2% (dos por
ciento) de la Base de Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder
Ejecutivo.

Artículo 22

 La prima por Hogar Constituido se liquidará de acuerdo a lo dispuesto en
el artículo 24 de la Ley N° 15.903 de 10 de noviembre de 1987. Las primas
por Nacimiento, Matrimonio, Asignaciones Familiares y Hogar Constituido se
ajustarán de acuerdo con los aumentos que se decreten para la Base de
Prestaciones y Contribuciones que fije el Poder Ejecutivo.

Artículo 23

 El Quebranto de Caja se liquidará según la reglamentación de Asignaciones
para Quebrantos de Caja aplicada por el Organismo con vigencia desde el 1°
de junio de 1986.

Artículo 24

 El subGrupo 2.6 "Tributos Municipales y Nacionales" incluye el Impuesto
Específico Interno, la Tasa de Inflamables a nivel enero - junio 2010, el
Impuesto al Valor Agregado; al igual que el Adelanto a Cuenta de
Resultados dispuesto por el artículo N° 643 de la Ley 16.170, a precios de
enero-junio de 2010, cuyas partidas no son de carácter limitativo.
El Organismo podrá adecuar el mismo de acuerdo con el nivel tarifario y
volúmenes de actividad dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y Oficina
de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 25

 Las partidas de gastos (funcionamiento y de inversión) están calculadas
en moneda nacional a nivel medio de enero-junio de 2010 y las en moneda
extranjera al tipo de cambio de un dólar $ 19,70. Las mismas se ajustarán
en función de la variación del I.P.C. confeccionado por el Instituto
Nacional de Estadística y la evolución del tipo de cambio vendedor del
dólar, respectivamente.

Artículo 26

 Para la elaboración y ejecución del Presupuesto Anual se aplica la
metodología del Presupuesto por Programa y se siguen los lineamientos
impartidos por el Poder Ejecutivo. Las Asignaciones presupuestales se
afectarán por las incorporaciones de bienes y servicios.

Artículo 27

 Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales
de los Grupos de gastos e inversiones, se realizará ajustando los
duodécimos de cada Grupo para el período que resta hasta el fin del
ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales
a precio promedio corriente del año. Dichos ajustes se realizan en función
de los aumentos salariales dispuestos de acuerdo con el artículo 6° y las
variaciones estimadas del I.P.C. y del tipo de cambio promedio para dicho
período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los
Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado en un plazo no
mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.
Los Directorios a su vez en un plazo no mayor de 30 días, deberán elevar
la adecuación a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de
proceder a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las
partidas adecuadas las que serán comunicadas por las Empresas al Tribunal
de Cuentas dentro de los 15 días subsiguientes para su conocimiento.

Artículo 28

 Las trasposiciones entre grupos de un mismo programa, serán aprobadas por
el Directorio de Ancap y comunicadas a la OPP y al Tribunal de Cuentas, en
los diez días subsiguientes, con excepción del Grupo 0, para las que se
requerirá previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.
Las trasposiciones de grupos entre distintos programas de funcionamiento
serán aprobadas por Directorio, previo informe de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto y posterior comunicación al Tribunal de
Cuentas.
Las trasposiciones regirán hasta el 31 de diciembre del ejercicio en el
cual se autorizan y tendrán las siguientes limitaciones:
a) Podrán servir como reforzantes partidas que tengan carácter anual y no
sean estimativas.
b) El Grupo 0 (Servicios Personales) no podrá ser reforzado ni servirá
como reforzante, con excepción de lo dispuesto por el siguiente literal.
c) Los objetos de los distintos objetos podrán reforzarse entre sí. En
particular el objeto "Otras Retribuciones - Reestructura" podrá servir
como reforzante, con previo informe favorable de OPP.
d) El Grupo 7 (Gastos no clasificados) no podrá ser reforzado.

Artículo 29

 El Grupo 7 "Gastos no clasificados" no podrá ser reforzado pero servirá
para reforzar los restantes Grupos, salvo el Grupo 0 "Retribución de
Servicios Personales".
La autorización de los refuerzos mediante el uso del Grupo 7 "Gastos no
Clasificados" será de resorte interno del Organismo.

Artículo 30

 El monto correspondiente al objeto "Otras Retribuciones - Reestructura"
incluye el total de toda remuneración a ser percibida como consecuencia de
la Reestructura de Ancap, el Sueldo Anual Complementario y los Aportes
Patronales correspondientes.

Artículo 31

 Antes de la aplicación de cualquier reestructura de cargos o del sistema
de remuneración, se deberá contar con el informe favorable de la Oficina
Nacional del Servicio Civil y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.

Artículo 32

 Al aprobarse por el Poder Ejecutivo la reestructura organizativa de la
Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Pórtland, ésta regirá a
partir de la fecha que se estipule en la norma respectiva.

Artículo 33

 El Directorio podrá en el futuro efectuar transformaciones de cargos y
funciones que no supongan incrementos de gastos, a los efectos de adecuar
la estructura de cargos y funciones a las reales necesidades de la
empresa, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de las
mismas, acompañándola de un análisis de sus costos y financiamiento. Las
transformaciones que se incluyen en el presupuesto y las que el Directorio
proponga en el futuro deberán ser fundamentadas desde el punto de vista de
la estructura organizativa. Toda transformación implicará la eliminación
automática del o de los cargos que se transforman.

Artículo 34

 Mientras no se haya aprobado por el Poder Ejecutivo el Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones a regir para el año
y según lo dispuesto por el artículo N° 228 de la Constitución, rigen las
partidas ajustadas del último presupuesto aprobado.

Artículo 35

 En cumplimiento del Convenio de Cooperación entre la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, Ancap y el Instituto Nacional de las Mujeres,
de fecha 21 de noviembre de 2006, este Directorio ratifica su compromiso
de contemplar en su Presupuesto, la creación y/o fortalecimiento de
mecanismos de promoción de igualdad de oportunidades y derechos entre
hombres y mujeres.

Artículo 36

 Dése cuenta a la Asamblea General.

Artículo 37

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - FERNANDO LORENZO
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