CAPÍTULO III - Los envases y los canales de recepción y acopio.
Artículo 25
(Trazabilidad). Cada centro de acopio deberá mantener la trazabilidad de
los envases aceptados, de acuerdo a los formatos y contenidos que se
establezcan en el respectivo plan de gestión. Esa información deberá
encontrarse disponible para las inspecciones que se realicen al centro de
acopio.-