REGLAMENTACION DEL LEY 17.283 (LEY GENERAL DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE)




Promulgación: 21/05/2013
Publicación: 29/05/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1014
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.283 de 28/11/2000.
Referencias a toda la norma

CAPÍTULO III - Los envases y los canales de recepción y acopio.

Artículo 24

 (Del personal). Los centros de acopio deberán contar con personal
capacitado en el manejo responsable de sustancias y desechos peligrosos y
en los procedimientos a realizar en el centro, incluyendo conocer y
comprender los pictogramas y simbologías empleadas en etiquetas y hojas de
seguridad, entre otros.
El titular del plan de gestión será responsable de garantizar que el
centro de acopio cuente con los equipos de protección personal, en calidad
y cantidad, necesarios para la realización de las tareas definidas según
el plan.-
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