(Integración de los planes de gestión). Para la eficaz y eficiente
gestión de los productos y bienes comprendidos en el presente decreto, la
Dirección Nacional de Medio Ambiente tendrá en cuenta en la aprobación de
las propuestas de planes de gestión, las posibilidades de integración con
otros planes existentes o a crearse, priorizando aquellos que tengan
carácter grupal frente a los individuales.
Los planes deberán instrumentar los mecanismos para la adhesión de los
sujetos alcanzados por la norma, y establecer mecanismos de
sustentabilidad económica y financiera para su implementación. En todo
caso se favorecerán adecuadas condiciones de competencia, considerando
especialmente a las pequeñas y medianas empresas.-