FIJACION DEL PRECIO DE LA UVA DESTINADA A LA VINIFICACION Y SU SISTEMA DE COMERCIALIZACION. COSECHA 1978




Promulgación: 15/03/1978
Publicación: 03/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

   A los efectos fiscales y aportes del Banco de Previsión Social, fíjase el precio de N$ 1.20 (son nuevos pesos uno con veinte centésimos) para las uvas de la vendimia 1978 y que resulta del promedio ponderado del precio fijado para las variaciones Harriague y Frutilla. 
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