REGLAMENTACION DEL IRAE. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 709
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 3.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES ECONOMICAS
CAPITULO VI - EXONERACIONES
SECCION IV - LEY DE PROMOCION DE INVERSIONES

Artículo 150

 D. 273/005 de 12.9.2005.- UTE.- Declárase promovida de acuerdo a lo 
dispuesto por el artículo 11º de la Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998,
la actividad a desarrollar por la Administración Nacional de Usinas y 
Trasmisiones Eléctricas, tendiente a la adquisición de uno o más módulos
de potencia de hasta 240 MW en centrales térmicas y demás instalaciones 
auxiliares para su funcionamiento y conexión al Sistema Interconectado 
Nacional, que utilicen alternativamente combustible líquido y gas
natural.

Otórgase, a efectos del Impuesto a las Rentas de las Actividades 
Económicas, un tratamiento de amortización acelerada para los bienes de 
activo fijo asociados al proyecto de inversión en los años de vida útil 
que técnicamente logren una mayor rentabilidad al proyecto. En cuanto a 
los intereses financieros derivados del financiamiento de la inversión 
serán deducibles de este impuesto sin tope alguno, cualquiera fuera la 
modalidad escogida para el financiamiento. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 183 (vigencia).
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