REGLAMENTACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 695
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 9.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES
CAPITULO II - RESPONSABLES
SECCION IV - INCREMENTOS PATRIMONIALES

Artículo 40-TER

   Desígnanse responsables sustitutos a los organizadores o explotadores de juegos de azar y de carreras de caballo por los incrementos patrimoniales a que refiere el literal C) del artículo 17 del Título 7 del Texto Ordenado 1996, que resulten gravados por el impuesto que se reglamenta. A tales efectos quedan comprendidas las Bancas de Cubiertas Colectivas de Quinielas.

   El monto de la retención se determinará aplicando la alícuota del 12% (doce por ciento) a la renta determinada de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 bis del Decreto N° 148/007 de 26 de abril de 2007.

    La retención deberá efectuarse al momento en que se genere el premio del cual resulte el incremento patrimonial y documentarse en los términos y condiciones que disponga la Dirección General Impositiva. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 360/017 de 22/12/2017 artículo 6.
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