REGLAMENTACION DEL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES. REFORMA TRIBUTARIA LEY Nº 18.083




Promulgación: 26/04/2007
Publicación: 04/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 695
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 9.

IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES
CAPITULO II - RESPONSABLES
SECCION III - RENDIMIENTOS DEL CAPITAL
RENDIMIENTOS DEL CAPITAL MOBILIARIO

Artículo 34-BIS

       (Responsables por obligaciones tributarias de terceros).- Designase responsables por obligaciones tributarias de terceros a los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas (IRAE) que hayan determinado dividendos o utilidades fictos conforme a lo dispuesto por el artículo 12 BIS del Título 8 del Texto Ordenado 1996.

        No deberá realizarse la retención a que refiere el inciso anterior cuando las participaciones patrimoniales del contribuyente del IRAE coticen efectivamente en Bolsas de Valores habilitadas a operar en la República o en bolsas de reconocido prestigio internacional.

        La referida excepción operará proporcionalmente en aquellos casos
en que la causal no comprenda a la totalidad de las participaciones patrimoniales. (*)

(*)Notas:
Agregado/s por: Decreto Nº 36/017 de 13/02/2017 artículo 30.
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