ENCOMIENDASE AL MINISTERIO DE SALUD PUBLICA LA REALIZACION DE UN RELEVAMIENTO SANITARIO PARA LA DETECCION, PREVENCION Y EDUCACION SANITARIA EN MATERIA DE TUBERCULOSIS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Artículo 2
Encomiéndase a los Ministerios de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente y de Desarrollo Social la colaboración -dentro de sus respectivas competencias- con el Ministerio de Salud Pública para el relevamiento encomendado, con énfasis en las circunstancias arquitectónicas, urbanísticas y sociales que puedan tener incidencia en la transmisión, contagio y propagación de la tuberculosis.
Las tareas de relevamiento serán coordinadas con la Intendencia de Montevideo, en su calidad de propietaria del inmueble, a la que se le solicitará apoyo técnico en la materia de su competencia.