VISTO: la necesidad de profundizar el conocimiento en materia de
tecnologías para la prospección, exploración y explotación de
hidrocarburos.
RESULTANDO: I) que Uruguay es importador neto de hidrocarburos, lo cual
tiene una repercusión creciente en la economía nacional y en la
competitividad internacional;
II) que en Uruguay existen potenciales recursos de hidrocarburos;
III) que la posible explotación de los mismos en nuestro país sería un
motor de desarrollo económico y social;
IV) que la aplicación de tecnologías para estas actividades impone
desafíos importantes en relación con el ambiente y el desarrollo de las
políticas y regulaciones;
V) que se cuenta con normativa ambiental y de minería en el país, pero
resulta necesario avanzar en la atención específica del uso de las
tecnologías aplicadas en la explotación de hidrocarburos.
CONSIDERANDO: que el Poder Ejecutivo entiende necesario articular estos
aspectos integrándolos a las políticas de desarrollo sustentable.
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Créase una Comisión Interministerial de Evaluación Técnica a integrarse
por dos representantes titulares y dos alternos de los Ministerios de
Industria, Energía y Minería y de Vivienda, Ordenamiento Territorial y
Medio Ambiente. Exhórtase a la Administración Nacional de Combustibles,
Alcohol y Portland a integrar dicha Comisión designando un representante
con su correspondiente alterno.
JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - FRANCISCO BELTRAME