FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASEBA URUGUAY S.A. MAYO 2005




Promulgación: 02/05/2005
Publicación: 06/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 790
VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France)
tendiente a la aprobación del Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural
correspondiente al servicio de distribución de Montevideo, a regir a
partir del 1° de mayo de 2005, según planilla glosada a fojas 6.

RESULTANDO: que para el ajuste del Cuadro de Tarifas Máximas de gas
natural se recoge la variación del PPI (Producer Price Index), así como
el precio de gas del período de invierno publicado por Enargas, la tarifa
de transporte en Argentina y la tarifa de transporte en Uruguay vigentes
desde el 1° de enero de 2005.

CONSIDERANDO: que el ajuste propuesto se compatibiliza con lo establecido
en el Anexo Tarifas de Gas Natural de la Addenda al Contrato de Concesión
que fuera firmada con fecha 6 de febrero de 2002, así como con los
valores resultantes de la revisión de los cálculos realizados por la
Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua y la Dirección Nacional
de Energía y Tecnología Nuclear.

ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Art. 51 de la Constitución
de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Autorízase a la firma Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) el
ajuste en sus tarifas a regir a partir del 1° de mayo de 2005, para el
servicio de distribución de gas natural de Montevideo, conforme al Cuadro
de Tarifas Máximas que se anexa y forma parte del presente decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

VAZQUEZ - JORGE LEPRA.
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