FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 27 PRODUCTOS QUIMICOS
PINTURAS Y PERFUMES. SUBGRUPO INCISO D FABRICAS DE PERFUMES ARTICULOS DE TOCADOR Y AFINES
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Los trabajadores comprendidos en este decreto, con remuneraciones
superiores a los mínimos establecidos en el decreto 544/986 del 15 de
agosto de 1986 publicado en el Diario Oficial de 21 de octubre de 1986
percibirán un aumento general del 23,5% a regir desde el 1º de octubre de
1986 hasta el 31 de enero de 1987.