(Impulsión de oficio, carga de la prueba) - La Administración
diligenciará las pruebas conducentes al esclarecimiento de la verdad y
aplicará las presunciones legales que puedan existir. Si por esos medios
no se llegara a acreditar la verdad o falsedad de los hechos, la carga de
la prueba incumbe al peticionario.