(Forma de interrogarlo) - Previamente a ser interrogado, el testigo
prestará juramento de decir la verdad y será puesto en conocimiento de su
responsabilidad por falsa declaración.
Será luego interrogado amplia y genéricamente sobre los hechos para los
que fue propuesto, procurando que narre espontáneamente las circunstancias
relevantes al caso y evitando las preguntas sugestivas o indicativas.
No se le permitirá leer ningún escrito ni ver ningún documento, salvo el
caso en que fuera interrogado sobre los mismos o sobre datos cuya
especialidad o precisión justifique a juicio del receptor la consulta de
anotaciones, dejándose constancia de ello.