REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 502, 503 Y 504 DE LA LEY 15.903, RELATIVO A LOS PROCEDIMIENTOS DE COMPRAS Y CONTRATACIONES ESTATALES




Promulgación: 14/05/2018
Publicación: 18/05/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 15.903 de 10/11/1987 artículos 502, 503 y 504.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

   (Recepción de las ofertas).- La plataforma electrónica estará disponible para la recepción de ofertas las 24 horas todos los días hasta el momento fijado para la apertura de la convocatoria respectiva, la que deberá ser en día hábil en el horario definido por la Agencia de Compras y Contrataciones del Estado en el sistema.

   La prórroga aprobada de la fecha de apertura solamente será válida una vez ingresada al sistema informático, permitiendo la recepción de ofertas hasta el vencimiento del nuevo plazo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 16 (vigencia).
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