APLICACION DERECHOS ANTIDUMPING - IMPORTACIONES




Promulgación: 23/04/1996
Publicación: 08/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 893
Referencias a toda la norma

TITULO I - PROCEDIMIENTOS
CAPITULO V - PROCEDIMIENTO DE LA INVESTIGACION
SECCION II - APERTURA

Artículo 33

   La autoridad de aplicación deberá emitir su dictámen respecto de la
procedencia de la apertura de la investigación, dentro del plazo de 30
días a partir de la fecha de pronunciamiento de que la solicitud estaba
debidamente instruida, remitiendo las actuaciones, de inmediato, a la
Comisión Asesora creada por el artículo 3º.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 34.
Referencias al artículo
Ayuda