REGIMEN DE PREVENCION CONTROL Y ERRADICACION DE LA FIEBRE AFTOSA - IMPORTACIONES




Promulgación: 18/04/1996
Publicación: 03/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 886

Artículo 5

   En el caso previsto en el artículo anterior, los productos y
subproductos resultantes, podrán ser donados a Organismos del Estado o a
entidades de bien público, en las mismas condiciones establecidas en el
artículo 2º.
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