Habiendo quórum para sesionar, el Presidente declarará abierta la sesión, disponiendo la lectura del acta o actas anteriores correlativas si las hubiera, aprobada en su caso dicha acta o actas se tratarán a continuación los asuntos incluidos en el Orden del Día y los que la Presidencia o un Director proponga a consideración del Directorio y que éste, por mayoría acepte sean incluidos.