REGLAMENTACION DE LA LEY 19.367, CREACION DEL INSTITUTO NACIONAL DE INCLUSION SOCIAL ADOLESCENTE (INISA)




Promulgación: 07/01/2019
Publicación: 23/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.367 de 31/12/2015.

CAPÍTULO VI - DE LA SECRETARÍA LETRADA

Artículo 15

   A la Secretaría Letrada le corresponde:

a) prestar información y asesoramiento jurídico al Directorio y a sus
   miembros individualmente;

b) concurrir a todas las sesiones del Directorio sean estas ordinarias o
   extraordinarias, debiendo examinar previamente los asuntos incluidos
   en el Orden del Día;

c) brindar la información verbal de los referidos asuntos y prestar el
   asesoramiento jurídico que se le requiera por parte de los integrantes
   del Directorio durante la sesión;

d) procesar los mensajes, pedidos de informes, comunicados, etc.
   remitidos al Instituto por los diferentes Poderes del Estado;

e) todas las demás funciones que se le asignen por parte del Directorio.

   La Secretaría Letrada será designada por el Directorio.
Ayuda