AUTORIZACION PARA EL TRASLADO DE MUTUALISTA A LOS USUARIOS DEL SISTEMA NACIONAL INTEGRADO DE SALUD




Promulgación: 18/01/2010
Publicación: 26/01/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 74
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.211 de 05/12/2007 artículo 50.
Referencias a toda la norma

Artículo 5

 A los docentes de enseñanza primaria y secundaria que, cumpliendo las
condiciones establecidas en el artículo primero del presente Decreto,
registren baja laboral durante el mes de febrero de 2010, se les hará
reserva del derecho a cambiar de prestador por 30 días corridos, contados
a partir de la subsiguiente alta laboral. A tal efecto, la Junta Nacional
de Salud instruirá al Banco de Previsión Social, para que registre de
oficio dicha reserva en los sistemas informáticos que opera.
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