VISTO: el Proyecto de Mejoramiento de la Infraestructura Locativa del
Estado - Torre Ejecutiva.
RESULTANDO: I) que por el Convenio Interinstitucional suscrito el 29 de
junio de 2006, el Poder Judicial prometió transferir al Poder Ejecutivo -
Presidencia de la República, la propiedad y posesión del Edificio sito en
la Plaza Independencia denominado Torre Ejecutiva (ex Palacio de
Justicia), confiriéndose a la Corporación Nacional para el Desarrollo la
administración del mismo, autorizándola a que la realice a través de una
sociedad anónima constituida a tal efecto, hasta el completo repago del
préstamo obtenido a tal efecto.
II) que la Corporación Nacional para el Desarrollo cedió a Legader S.A.
cuyo capital social está representado por acciones que le pertenecen en su
totalidad, la administración que se le confiriera.
CONSIDERANDO: conveniente otorgar al proyecto un conjunto de exoneraciones
tributarias vinculadas a la construcción refuncionalización, recuperación
y administración del citado edificio.
ATENTO: a las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por el Decreto Ley
Nº 14.178, de 28 de marzo de 1974 y por la Ley Nº 16.906, de 7 de enero de
1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Declárase promovida de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la
Ley Nº 16.906, de 7 de enero de 1998, la actividad a desarrollar por
Legader S.A. relativa a la construcción, refuncionalización y recuperación
del edificio Torre Ejecutiva (ex Palacio de Justicia), perteneciente al
Poder Ejecutivo - Presidencia de la República, así como la actividad
relativa a la administración de dicho edificio