FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1995




Promulgación: 17/01/1995
Publicación: 23/01/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 34

Artículo 2

   Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a partir del 1º de enero de 1995
y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales
y de la esquila.
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