FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO N° 42 ENTIDADES GREMIALES Y SOCIALES INSTITUCIONES DEPORTIVAS Y SIMILARES. SUBGRUPO COMISION ADMINISTRADORA DE FIELD OFICIAL CAFO




Promulgación: 18/03/1987
Publicación: 25/05/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Establécese que CAFO pagará el 25% del jornal de espectáculo cuando
los partidos se suspendan y los funcionarios ya estén en el Estadio
Centenario o se encuentren en viaje hacia él. La Dirección General de CAFO
instrumentará el pago de este viático, partiendo de la base de que será
abonado a todos aquellos funcionarios que registren entrada y salida en su
tarjeta de control de asistencia.
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