ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE
ACTIVIDAD. CONVENIOS LABORALES. GRUPO Nº 28. INDUSTRIA FARMACEUTICA. LABORATORIOS DE ESPECIALIDADES FARMACEUTICAS
Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Fíjanse para los trabajadores del Grupo Nº 28 "Industria Farmacéutica", a partir del 1º de octubre de 1987 y hasta el 31 de enero de 1988, la compensación por antigüedad en el cargo y en la empresa en base al siguiente cuadro.
Antigüedad Importe al 1/10/87
N$ mensuales
3 a 6 años 1.901,00
6 a 9 años 2.853,00
9 a 12 años 3.485,00
12 a 15 años 4.436,00
15 a 18 años 5.387,00
18 a 21 años 6.338,00
más de 21 años 7.288,00