FIJACION DE DETRACCIONES A LAS EXPORTACIONES DE CUEROS LANARES




Promulgación: 19/02/1975
Publicación: 28/02/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma

Artículo 3

El presente decreto se aplicará a las exportaciones con contrato de
cambio registrados a partir del 31 de enero de 1975 inclusive y en
defecto de contrato de cambio, a las exportaciones cuyas solicitudes de
embarque se presenten a partir de la misma fecha. 
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