FIJACION DE DETRACCIONES A LAS EXPORTACIONES DE CUEROS LANARES




Promulgación: 19/02/1975
Publicación: 28/02/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 306
Referencias a toda la norma
                         AÑO DE LA ORIENTALIDAD
     Visto: el decreto 46/975 de 10 de enero de 1975.

     Considerando: la necesidad de adecuar los valores de las
detracciones de las exportaciones de cueros lanares,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Fíjase una detracción de $ 390 (trescientos noventa pesos) por cada 10
(diez) quilogramos para las exportaciones de cueros lanares con excepción
de los que se indican en el artículo siguiente.

BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO CARDOSO GUANI - HECTOR E.
ALBURQUERQUE
Ayuda