MODIFICACION DEL ART. 39 TER DEL DECRETO 220/998, RELATIVO A EXONERACIONES DEL IVA EN VENTA DE LUMINARIAS LED AL ESTADO Y GOBIERNOS DEPARTAMENTALES CON DESTINO AL ALUMBRADO PUBLICO
VISTO: la Ley N° 19.681 de 26 de octubre de 2018;
RESULTANDO: I) que el artículo 1° de la referida norma exonera del Impuesto al Valor Agregado (IVA) la venta de luminarias LED al Estado y a Gobiernos Departamentales, destinadas al alumbrado público de ciudades, villas, pueblos, centros poblados y rutas nacionales;
II) que el artículo 2° establece un sistema de devolución del citado impuesto para los bienes y servicios insumidos en la fabricación de dichas luminarias;
III) que en el artículo 3° se faculta al Poder Ejecutivo a otorgar beneficios en la importación de insumos para la fabricación de las luminarias LED, así como a determinar las dependencias ministeriales que se encargarán de verificar el cumplimiento de los requisitos para el otorgamiento de la exoneración y de realizar los contralores correspondientes;
CONSIDERANDO: que resulta conveniente reglamentar las antedichas disposiciones;
ATENTO: a lo expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 220/998 de 12/08/1998 artículo 39 -
TER.
TABARÉ VÁZQUEZ - GUILLERMO MONCECCHI - PABLO FERRERI