APROBACION DEL COMPROMISO DE GESTION DEL PERSONAL TECNICO DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL MINISTERIO DEL INTERIOR. EJERCICIO 2015




Promulgación: 20/05/2015
Publicación: 02/06/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.719 de 27/12/2010 artículo 262.
   VISTO: las disposiciones establecidas por el artículo 262 de la Ley 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010 y por los artículos artículos 57 y siguientes de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013.

   RESULTANDOS: I) que por los citados textos legales se dispuso la creación de una compensación económica mensual en el Ministerio del Interior por "Compromiso de Gestión", para el personal técnico de los servicios de salud.

   II) que el informe sobre las metas comprometidas por el Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2015 elaborado por el Área de Gestión y Seguimiento Presupuestal de dicha Secretaría de Estado fue validado por la Comisión de Compromisos de Gestión, que se anexa al presente Decreto y forma parte del mismo

   CONSIDERANDOS: I) que las metas referidas en el Resultando II fueron avaladas por la Comisión de Compromisos de Gestión integrada por el Ministerio de Economía y Finanzas, la Oficina Nacional del Servicio Civil y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con fecha 10 de febrero de 2015.

   II) que corresponde aprobar el Compromiso de Gestión propuesto por el Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2015.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo preceptuado por el artículo 168 numeral 4° de la Constitución de la República, artículo 262 de la Ley 18.719 de fecha 27 de diciembre de 2010 y artículos 57 y siguientes de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   APRUÉBASE el Compromiso de Gestión respecto del personal Técnico de 
los Servicios de Salud del Ministerio del Interior para el período comprendido entre los meses de enero y diciembre de 2015 que luce en el Anexo (*) adjunto y que forma parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.

Artículo 2

   PUBLÍQUESE, comuníquese, oportunamente, archívese.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI
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