Visto: la política de contención del gasto público impulsada por esta
Administración y de racionalización en la utilización de los recursos del
Estado;
Resultando: que la flota automotriz propiedad de la Administración
Central revela una cantidad importante de vehículos fuera de circulación,
ya sea por su antigüedad como por su estado;
Considerando: I) que de acuerdo con la información existente, es
posible adoptar medidas que permiten una reducción del gasto público, a
través de medidas de control en materia de adquisición de vehículos
durante el año 1994;
II) que por lo tanto se estima conveniente suspender la incorporación
de nuevas unidades, cuya adquisición estaba prevista para el año 1994,
contemplando un régimen de excepción en aquellas situaciones en que los
recursos provengan de la venta o permuta de las unidades en desuso;
III) necesario, proceder a la enajenación de la flota automotriz cuya
obsolescencia y estado, demande gastos inútiles al Estado;
Atento: a lo expuesto precedentemente;
El Presidente de la República actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Los Organismos de los Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional
suspenderán hasta el 31 de diciembre de 1994 la adquisición de vehículos
automotores con cargo a rubros presupuestales o extrapresupuestales.
LACALLE HERRERA - RAUL ITURRIA - SERGIO ABREU - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - RODOLFO GONZALEZ RISSOTTO - ANTONIO MERCADER - JUAN CARLOS RAFFO - EDUARDO ACHE - RICARDO REILLY - GUILLERMO GARCIA COSTA - PEDRO SARAVIA - JOSE VILLAR GOMEZ - MANUEL ANTONIO ROMAY