La Dirección Nacional de Transporte queda facultada, de acuerdo con el
decreto 660/974 de fecha 15 de agosto de 1974 y el Plan Nacional de
Transporte aprobado por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 26 de
setiembre de 1979, para controlar la efectiva aplicación de las
disposiciones precedentes y extender las certificaciones y autorizaciones
a que hubiere lugar.