AUTORIZACION PARA LA IMPORTACION DE OMNIBUS CON DESTINO A TRANSPORTE INTERNACIONAL DE PASAJEROS




Promulgación: 05/03/1980
Publicación: 17/03/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 425
Ver vigencia: Decreto Nº 248/985 de 25/06/1985 artículo 1.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   Facúltase al Ministerio de Transporte y Obras Públicas para determinar
las oportunidades y el número de unidades a importar al amparo de lo
dispuesto por el presente decreto. A tales fines, dicho Ministerio tendrá
en cuenta la información que, en base a las necesidades de las referidas
empresas nacionales, le proporciones la Dirección Nacional de Transporte y
su decisión deberá contar con previo informe favorable del Ministerio de
Economía y Finanzas y la conformidad de la Secretaría de Planeamiento,
Coordinación y Difusión.
Referencias al artículo
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