Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca y al
Ministerio de Economía y Finanzas a convenir con las empresas
industrializadoras de productos lácteos habilitadas, la realización por
parte de éstas, de un aporte equivalente a 0.06 pesos por litro de leche
recibida en planta, destinado a subsidiar el precio al consumidor de la
feche tarifada.
(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos:5, 7 y 10 (vigencia).