FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO Nº 16 INDUSTRIA DE LA MADERA Y EL CORCHO




Promulgación: 15/01/1987
Publicación: 06/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

  Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente
decreto y el 31 de enero de 1987, ningún otro aumento de salarios podrá
ser trasladado a los precios de ventas de mercaderías, bienes o servicios
de las empresas que integran el Grupo Nº16: Industria de la Madera y el
Corcho. 
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