La solicitud de inscripción en el registro deberá venir acompañada de la
documentación que la Comisión solicite además de la siguiente:
a) que sean instituciones creadas legalmente y en funcionamiento (con
una antigüedad mínima de 6 meses en la enseñanza de Idioma Español),
registradas en el Banco de Previsión Social, la Dirección General
Impositiva y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;
b) carácter jurídico de la institución;
c) actividades que realiza;
d) flujo anual de estudiantes;
e) cantidad de horas de clase de español dictadas en el semestre anterior;
f) nómina de las autoridades de la institución;
g) información sobre la persona responsable del programa académico,
indicando su formación y experiencia docente y profesional;
h) nómina de docentes dedicados a los cursos de Idioma Español,
indicando aquellos que son titulados (títulos Formación Docente u otros
títulos -universitarios o no-) y aquellos que son idóneos;
i) nómina de personas con otras funciones de apoyo a los cursos de
español;
j) planta física, materiales y equipamiento específicamente destinado a la
enseñanza;
k) organigrama institucional;
l) programa de estudios de los cursos de idioma español que se quiere
registrar.