EMISION DE UNIDADES INDEXADAS. NOTAS DEL TESORO SERIE 12




Promulgación: 28/02/2008
Publicación: 05/03/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 585

Artículo 3

 Las Notas del Tesoro serán colocadas por el Banco Central del Uruguay, 
en su calidad de Agente Financiero del Estado, en las demás condiciones 
que el Ministerio de Economía y Finanzas estime oportunas.

El Banco Central del Uruguay en su calidad de Agente Financiero del
Estado, tendrá a su cargo el pago de los intereses, las amortizaciones y
todo el servicio que demande la atención de la deuda emitida.
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