Las plantas pesqueras registradas y habilitadas sanitariamente por la
mencionada Dirección Nacional de Recursos Acuáticos, solamente podrán
recibir materia prima de embarcaciones con permiso de pesca vigente, sean
estas artesanales o industriales o de otras empresas, las que serán
responsables de brindar la información sobre el origen de la mercadería a
los establecimientos receptores.