Decreto N° 127/999
DERECHO DE LIBRE CIRCULACION. CALLES. CAMINOS. CARRETERAS
Promulgación: 04/05/1999
Publicación: 14/05/1999
- Registro Nacional de Leyes y Decretos:
- Tomo: 1
- Semestre: 1
- Año: 1999
- Página: 769
Artículo 3
El Ministerio del Interior deberá dar cuenta en forma inmediata a la
Justicia de la intervención referida en las disposiciones precedentes.
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