APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1998




Promulgación: 14/05/1998
Publicación: 22/05/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 802
Referencias a toda la norma

Artículo 50

   Los funcionarios de la Clase Técnica comprendidos en el art. 43º, no
percibirán la Compensación por Especialización establecida en el artículo
58º, salvo los abogados del Nivel Especial comprendidos en ese artículo y
que la percibían al 31 de diciembre de 1992.
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