El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
CAPÍTULO X - Del Consejo Consultivo de Educación Terciaria Privada
Artículo 50
(Presidencia del Consejo). La Presidencia del Consejo Consultivo de Educación Terciaria Privada corresponderá al integrante que el Poder Ejecutivo designe con esa calidad, entre los miembros propuestos por el Ministerio de Educación y Cultura o las universidades públicas.