FIJACION DE LAS TASAS DE DEVOLUCION DE TRIBUTOS A LAS EXPORTACIONES




Promulgación: 14/05/1998
Publicación: 22/05/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 800
  VISTO: el régimen de devolución de tributos a las exportaciones
establecido por la Ley Nº 16.492, de 2 de junio de 1994.

  CONSIDERANDO: I) procedente acceder a solicitudes de incorporación de
diversos productos al referido régimen.

II) que corresponde introducir modificaciones a la nómina de productos
establecida en el Anexo II del Decreto Nº 487/997, de 31 de diciembre de
1997.

III) conveniente adaptar el régimen de devolución de tributos a las
exportaciones a las modificaciones realizadas al Anexo de la Resolución
del Ministerio de Economía y Finanzas de 31 de diciembre de 1996, por el
Decreto Nº 473/997, de 19 de diciembre de 1997 y Resolución de dicha
Secretaría de Estado de fecha 23 de diciembre de 1997.

IV) procedente adecuar el régimen de devolución de tributos a la
reclasificación de un producto en la Nomenclatura Común del Mercosur.

  ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por Ley No. 16.492, de 2 de
junio de 1994.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                              DECRETA:

Artículo 1

   Fíjanse las siguientes tasas de devolución de tributos a las
exportaciones registradas a partir de la fecha de vigencia del presente
Decreto.

ITEM N.C.M          % DEV.s/FOB          OBSERVACIONES
0302.23.00.00          1.75
0302.29.00.10          1.75
0302.29.00.90          1.75
3925.10.00.00          2.25
8402.12.00.00          2.50

BATALLA - LUIS MOSCA - JULIO HERRERA - SERGIO CHIESA
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