MODIFICACION DEL REGLAMENTO GENERAL DE MINERIA




Promulgación: 15/04/2010
Publicación: 28/04/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 613
Reglamentario/a de: Código de Minería de 08/01/1982 artículo 86.
VISTO: la necesidad de agilizar el trámite del título minero Permiso de
Prospección, teniendo presente la finalidad de la actividad minera que se
califica de utilidad pública;

RESULTANDO: que la presentación del plano de deslinde regulada por el art.
30 del Decreto Reglamentario N° 110/82, en fecha posterior a la petición
del Permiso de Prospección enlentece la tramitación;

CONSIDERANDO: I) que el art. 86 del Código de Minería, Decreto Ley N°
15.242 dispone entre los extremos que debe justificar el solicitante de un
Permiso de Prospección, el de presentar el plano de deslinde del área a
prospectar y el croquis de la zona, por lo que corresponde reglamentar
adecuadamente dicha norma;

II) que el art. 123 apartado I) numeral 10 del Código de Minería atribuye
la competencia al Poder Ejecutivo en materia reglamentaria;

ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Modifícase el artículo 30 del Decreto Reglamentario N° 110/82 de 26 de
marzo de 1982, el que quedará redactado de la siguiente forma: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

JOSE MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN - PEDRO BUONOMO - LUIS ROSADILLA
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