El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
TÍTULO II- DE LA CALIFICACIÓN CAPÍTULO X - DE LA CALIFICACIÓN FINAL
Artículo 33
Compete a la Junta de Calificaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores determinar la nota final en cada uno de los Factores Conductuales indicados en los artículos anteriores. Para estos efectos se deberán tomar en consideración los antecedentes señalados en el artículo 21.