APROBACION DEL REGLAMENTO PARA LA PROVISION DE VACANTES GENERADAS EN EL ESCALAFON "M" SERVICIO EXTERIOR, EN LAS CATEGORIAS QUE SE DETERMINAN




Promulgación: 27/05/2025
Publicación: 11/06/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

TÍTULO II- DE LA CALIFICACIÓN
CAPÍTULO VI - DE LA JUNTA DE CALIFICACIONES

Artículo 19

   El/la delegado/a de los/las funcionarios/as será elegido/a mediante votación directa del personal del Servicio Exterior sujeto a calificación, antes de la fecha de las sesiones ordinarias de la Junta, por voto secreto y por mayoría simple de votos.

   Con cada delegado/delegada se elegirán, en el mismo acto, tres suplentes que actuarán en los casos de ausencia, excusación, recusación o impedimento del/de la titular.

   La elección del/de la representante y de sus suplentes deberá ser organizada por la Dirección de Gestión y Desarrollo Humano del Ministerio de Relaciones Exteriores.

   La elección del/de la delegado/a tendrá vigencia para cada periodo de calificación, pudiendo ser reelegido/a. Si al término de su mandato no se hubiese elegido sustituto/a, continuará en funciones transitorias hasta la elección del/de la reemplazante.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 48.
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