El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto en la Ley N° 19.841 de 19 de diciembre de 2019, en el Decreto N° 336/019 de 11 de noviembre de 2019, y sus correspondientes decretos modificativos, Decreto N° 136/020 de 29 de abril de 2020, Decreto N° 204/020 de 01 de julio de 2020, y Decreto N° 159/024 de 31 de mayo de 2024, en materia de calificación y ascenso del personal del escalafón "M" Servicio Exterior;
CONSIDERANDO: I) que la práctica ha evidenciado la conveniencia de actualizar y reformular el régimen de calificaciones y ascensos vigente para el personal del escalafón "M" Servicio Exterior, a cuyos efectos resulta necesario aprobar un nuevo reglamento para la provisión de vacantes generadas en el mencionado escalafón;
II) que se considera oportuna la actualización del régimen de calificaciones y ascensos vigente teniendo en cuenta las disposiciones de la Ley N° 19.841 de 19 de diciembre de 2019 Estatuto del Funcionario del Servicio Exterior de la República;
III) que es necesario contribuir a la profesionalización del escalafón "M" Servicio Exterior, a cuyo fin se entiende pertinente fortalecer el perfil académico de sus concursos de ascensos;
IV) que asimismo resulta conveniente actualizar la integración de la Junta de Calificaciones y los mecanismos de convocatoria de ésta, incorporando una perspectiva de género conforme al artículo 3 de la Ley N° 19.841 de 19 de diciembre de 2019 Estatuto del Funcionario del Servicio Exterior de la República y a los artículos 6 y 7 de la Ley N° 19.846 del 19 de diciembre de 2019 Aprobación de las obligaciones emergentes del derecho internacional de los derechos humanos, en relación a la igualdad y no discriminación entre mujeres y varones, comprendiendo la igualdad formal, sustantiva y de reconocimiento;
ATENTO: a lo antes expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el presente Reglamento para la provisión de vacantes generadas en el escalafón "M" Servicio Exterior en las categorías de Segundo Secretario/Segunda Secretaria, Primer Secretario/Primera Secretaria, Consejero/Consejera y Ministro Consejero/ Ministra Consejera.