APROBACION DE RESOLUCIONES GMC Nos. 26/03, 44/03, 46/03 Y 47/03. MERCOSUR




Promulgación: 21/04/2006
Publicación: 27/04/2006
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2006
  •    Página: 716
Referencias a toda la norma
VISTO: las resoluciones No. 26/03, No. 44/03, No. 46/03 y No. 47/03 del
Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

RESULTANDO: que por las mismas se aprobaron los denominados "REGLAMENTO
TECNICO MERCOSUR PARA LA ROTULACION DE ALIMENTOS ENVASADOS", "REGLAMENTO
TECNICO MERCOSUR PARA LA ROTULACIÓN NUTRICIONAL DE ALIMENTOS ENVASADOS",
"REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE EL ROTULADO NUTRICIONAL DE ALIMENTOS
ENVASADOS " Y "REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE PORCIONES DE ALIMENTOS
ENVASADOS A LOS FINES DEL ROTULADO NUTRICIONAL", respectivamente;

CONSIDERANDO: I) que el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de
Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR -Protocolo de
Ouro Preto- aprobado por la Ley No. 16.712 de 1º. de setiembre de 1995,
establece que los Estados Parte se comprometen a adoptar las medidas
necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento
de las normas emanadas de los órganos correspondientes previstos en el
artículo 2º. del referido Protocolo;

II) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República Oriental del Uruguay en el Protocolo mencionado, poniendo en
vigencia en el derecho positivo nacional las normas emanadas del Grupo
Mercado Común referidas en el VISTO;

ATENTO: a lo expuesto y a lo dictaminado por la Dirección General de la
Salud y la División Jurídico Notarial del Ministerio de Salud Pública;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Deróganse la Sección 4 - Rotulación de Alimentos Envasados del Capítulo
I - Disposiciones Generales del Decreto del Poder Ejecutivo No. 315/994
de 5 de julio de 1994 - Reglamento Bromatológico Nacional- y los
apartados 1.4.2 c), 1.4.7, 1.4.20, 1.4.41, 1.4.45 del artículo 1º de
Decreto de Poder Ejecutivo No. 63/996 de 27 de febrero de 1996. 

TABARE VAZQUEZ - MARIA JULIA MUÑOZ - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI -
JORGE LEPRA - ERNESTO AGAZZI
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